INFORMES DE DESARROLLO ARCHIVÍSTICO

 

Conforme a la definición establecida en el Manual de Ética y Conducta del MEP del 2020, transparencia es el “Conjunto de acciones coherentes con aspectos de la política institucional y la normativa vigente, para el acceso de la ciudadanía a información veraz, comunicándola de forma asertiva, que genere confianza y promueva la imparcialidad. Que dé cuenta de las actuaciones del MEP, de tal forma que permita la evaluación de su gestión”, como consecuencia en el punto d) llama la atención sobre las acciones congruentes entre las que se indica que se debe “Generar información accesible, útil y oportuna para los usuarios tanto internos como externos”, también el punto 4.4.2 en cuanto a la comunicación e información, en la que se establece el deber el garantizar al público el derecho de acceder, libremente a la información de carácter público y velar porque la información sea veraz, comprensible y oportuna así como el mantener ordenada, actualizada y archivada en los medios electrónicos institucionales, la información que sea de nuestra responsabilidad directa.

Por otra parte, el artículo 42 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos N°7202 del 24 de octubre de 1990, señala que el Archivo Central debe rendir un informe anual a la Dirección General del Archivo Nacional sobre el desarrollo archivístico de la institución, en ese sentido esta Dirección ha dado a conocer los resultados de su gestión ante la Junta Administrativa del Archivo Nacional.

En lo que respecta al Índice Anual de Desarrollo Archvístico del periodo 2022-2023, el Archivo Central del MEP obtiene una calificación que lo úbica dentro Índice Anual de Desarrollo como un Archivo con muy buena gesión documental.

PDF iconindice_anual_de_desarrollo_archivistico_2022-2023.pdf